El Servicio contra Incendios, Salvamento y Protección Civil del Ayuntamiento de Baza ha extinguido este fin de semana (sábado y domingo) tres incendios en solares de las Cuevas de las Yeseras, la avenida de Murcia y la calle Ortiga Verde.
El sábado por la mañana, a las diez y media, una dotación del servicio contraincendios intervino en la extinción de un incendio en un solar ubicado en la calle Ortiga Verde, de unos 1.000 m2 de matorrales y leña seca.
El domingo se produjo una primera salida al mediodía (desde las doce a las doce y media) para sofocar las llamas de un incendio de ramas en un solar ubicado en las inmediaciones de la avenida de Murcia. Tanto en este caso, como en el del sábado, fue necesaria la presencia de la Policía Local tras el aviso del 112.
Una media hora después (13.06h- 14.32h) tuvieron que intervenir para apagar las llamas de otro incendio de rastrojos en un solar, entre los términos municipales de Baza y Caniles, en las Cuevas de las Yeseras que afectó a unos 1.000 m2 de rastrojos, olivos y jardín.
Por último, a las 20.23h, se personan en una vivienda de Cúllar para proceder a la apertura de una vivienda en la que se sospechaba podía haber una persona que respondía a las llamadas. Finalmente, se accede a la misma junto a la Guardia Civil pero no había nadie en su interior.
Además, el pasado jueves, los bomberos también actuaron en un accidente de tráfico en la carretera A-334 a la altura de Caniles, cuya única ocupante del vehículo fue trasladada al Hospital de Baza.
Es preciso recordar que desde el 1 de junio al 15 de octubre nos encontramos en periodo de alto riesgo de incendios en Andalucía, según el BOJA número 102 de 29 de mayo de 2009, que prohíbe totalmente el uso del fuego (hogueras, barbacoas, quemas agrícolas y forestales, etc.) y la circulación de vehículos a motor en zonas forestales y de su influencia.
La prohibición afecta a la quema de vegetación natural y residuos agrícolas y forestales, así como al uso del fuego para la preparación de alimentos, que tampoco podrá realizarse en zonas de acampada o zonas recreativas que estén acondicionadas para ello. Igualmente, también queda prohibida la circulación de vehículos a motor fuera de la red de carreteras. Ambas prohibiciones se circunscriben a todos los terrenos forestales y zonas de influencia forestal, que son los terrenos no forestales (agrícolas y urbanos) situados a menos de 400 metros de los forestales.
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